Todo funcionario que este nombrado interino y cuente con el componente salarial DEDICACION EXCLUSIVA, debe gestionar el trámite una vez finalizado cada nombramiento.
Lo anterior lo explico con un ejemplo: un Orientador es nombrado del 01/07/2018 al 20/07/2018 y tramita la dedicación exclusiva, y luego lo vuelven a nombrar en el mismo puesto del 21/07/2018 al 20/08/2018, debe realizar nuevamente el trámite el mismo día del rige del nombramiento (21/07/2018) y así sucesivamente con otros nombramientos.
Lo supracitado este departamento lo comunica con la finalidad de no afectar a los servidores que cuentan con dicho rubro, ya que de no cumplir con lo mencionado el funcionario podría pasar de ganar un 55% por dicho concepto y pase al 25%. (esto por las nuevas disposiciones de la Ministra de Hacienda - decreto N° 41161-H)
Puestos que cuentan con dedicación exclusiva:
· ORIENTADORES.
· TRABAJADORES SOCIALES.
· PSICOLOGOS (PROFESIONALES - NO DOCENTES)
· AUXILIARES ADMINISTRATIVOS.
· DIRECTORES DE COLEGIO
· DIRECTORES DE ESCUELA (A PARTIR DE UNA DEGB2)
· ASISTENTES ADMINISTRATIVOS
· ASISTENTES DE SUPERVISIÓN
· BIBLIOTECÓLOGOS
· INFORMÁTICOS (PROFESIONALES - NO DOCENTES)
· SUPERVISORES
· ASESORES REGIONALES
· OTROS